Rige ley que reduce a cero la concentración de alcohol en sangre permitida a conductores
El Presidente de la República, Tabaré Vázquez, promulgó la Ley N°19.360, que modifica el artículo 45 de la 18.191 del 14 de noviembre de 2007. La nueva redacción establece que toda persona habilitada para conducir vehículos de cualquier tipo o categoría no lo podrá hacer cuando la concentración de alcohol en sangre o su equivalente en términos de espirometría sea superior a cero (0,0) gramos por litro.